Profesora de Derecho hizo parte de una consulta de interpretación de la CIDH
El 28 de abril de 2014 la República de Panamá solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una opinión consultiva en relación con la interpretación del artículo 1.2 de la convención que dice: "para efectos de este instrumento, persona es todo ser humano". Esta opinión es solicitada porque dentro del derecho internacional existe una inquietud sobre si las personas jurídicas también tienen derechos humanos. En este caso intervino la docente investigadora del departamento de Derecho de Uninorte, Shirlley Llain.
La CIDH forma parte del Sistema Regional de Protección de los Derechos Humanos y presenta dos tipos de funciones: una contenciosa y una consultiva. En la función contenciosa son escuchados casos o denuncias de violación de derechos humanos contra los Estados. Se llega a esta instancia cuando no se hace nada dentro de la jurisdicción interna para investigar quiénes fueron los responsables. Es necesario que los familiares agoten los recursos internos; es decir, pongan todas las acciones dentro de la jurisdicción interna del Estado.
Por otro lado, la función consultiva implica que los estados, que son parte del Sistema Interamericano, pueden solicitar a la Corte una consulta sobre cómo se deben interpretar y aplicar artículos de la Convención.
"Lo que Panamá le está preguntando a la Corte a ciencia cierta es si la Convención Americana le permite a las personas jurídicas acudir al Sistema y señalar que hay violación de sus derechos fundamentales y por lo tanto permitiría que estas personas jurídicas pudieran demandar a los estados por violación a sus derechos", expresó Llain.
Explicó que una persona jurídica es una entidad, sindicato, cooperativa o comunidades indígenas que, sin tener existencia individual física, está sujeta a derechos y obligaciones. Por ser ficticias, y a pesar de que estas cuentan con derechos y deberes, existe en las ciencias jurídicas un debate en que si estas deben ser titulares de derechos humanos o no.
La Corte ante esta solicitud de opinión consultiva abrió un espacio para que los estados, las organizaciones internacionales, la academia y la sociedad civil se pronuncien sobre cómo se debería interpretar esta situación.
"Cuando la Corte abre este espacio se presentaron muchísimas personas, realmente esta opinión consultiva llamó la atención de mucha gente de estados como Argentina, Colombia, México, Honduras, Bolivia, Guatemala y El Salvador. De Colombia se presentaron 4 universidades, entre esas nosotros", indicó Llain.
La docente realizó el escrito para enviarlo a la Corte con la colaboración de la estudiante Cindy Hawkins, de séptimo semestre de Derecho y dos egresados del programa de Derecho de Uninorte, Andrea Ariza y Juan Miguel Cortés. La fecha límite de presentación del escrito fue el 30 de marzo de 2015.
"Nuestra premisa fundamental en toda esta argumentación gira en torno a que el acceso a las personas jurídicas al sistema interamericano se encuentra restringido por lo expreso en el artículo 1.2 de la convención que dice: persona es todo ser humano", afirmó.
La audiencia pública en la que se realizó la exposición de los argumentos orales de esta opinión consultiva fue realizada el pasado 25 de junio en la sede de la Corte en San José de Costa Rica y contó con la presencia de Llain en representación de la Universidad del Norte.
Por: Valerie Salcedo
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