Adopción de parejas homosexuales: un debate necesario
Cuando en 2011 la Corte Constitucional reconoció a las parejas homosexuales como una familia, la discusión sobre si pueden adoptar sin necesidad de que alguno de sus miembros sea el progenitor —como ocurre con las familias tradicionales— era de esperarse. Por estos días el asunto se debate en la Corte, lo cual tiene enfrentados a una parte de la sociedad que promueve las tradiciones socioculturales y los dogmas religiosos, y otra que se basa en la defensa de las libertades y los derechos individuales.
¿Qué probabilidades hay de que la Corte apruebe la ley y qué implicaciones jurídicas trae? ¿Afecta esto el desarrollo psicosocial del niño y la formación de su identidad sexual? ¿Los preceptos religiosos han condicionado las posturas científicas? ¿Qué cambios deberán adoptar las instituciones educativas? Estas son algunas de las preguntas que académicos de Uninorte intentaron responder desde distintos frentes.
La legalización y sus implicaciones jurídicas
Si bien la Corte Constitucional en la sentencia C-577/11 estableció que las parejas homosexuales no se pueden casar, pues afirma que el matrimonio es una institución protegida por la Constitución solo para las parejas heterosexuales, también sentenció que el concepto de ‘familia' tiene muchas acepciones.
La sentencia especifica que la familia "es una unidad de lazos de afecto y de destino", y explica que pueden ser familia los abuelos con sus nietos, cuando los padres de estos fallecen; los tíos con sus sobrinos cuando los niños quedan a cargo de estos, e incluso personas que no tienen vinculo de consanguinidad como las familia solidarias, así como también las parejas homosexuales", indicó Luz Estela Tobón, docente del departamento de Derecho y experta en temas de Derecho de Familia, Infancia y Adolescencia.
Por esa misma razón las parejas homosexuales tienen la opción de conformar una familia a través de una unión marital o un contrato solemne, que es una figura más de forma que de fondo, pues el Congreso finalmente no legisló qué era el contrato solemne. La Constitución por su parte no habla del Derecho a la Adopción, sino del derecho de los niños a tener una familia, en el artículo 44.
La figura de la adopción está contemplada en el Código de Infancia y Adolescencia, que en el artículo 68 de la Ley 1098 de 2006 dispone que "podrá adoptar quien siendo capaz, haya cumplido 25 años de edad, tenga al menos 15 años más que el adoptable, y garantice la idoneidad física, mental, moral y social suficiente para suministrar una familia adecuada y estable al niño, niña o adolescente".
"El Código en ningún lado dice que los padres deben tener una orientación sexual para poder adoptar. En ninguna parte dice que los homosexuales no pueden adoptar. Lo que se va a juzgar en realidad es una interpretación que ha dado el ICBF, frente a su postura de no aceptar solicitudes de adopción de parejas del mismo sexo", agregó la docente.
Así las cosas, es muy difícil dar una predicción sobre qué podrá pasar o qué sentenciará la Corte esta semana. Sin embargo, ya hay un avance con el fallo de esta entidad judicial que amparó los derechos de Verónica Botero y Ana Leidermann de adoptar la hija dada a luz por esta última.
La cuestión con la adopción por parte de estas parejas es un asunto que mezcla religión y moral, es un problema cultural. "El gran debate es saber si beneficia o no al niño el hecho de tener dos padres o dos madres y no tener la doble figura, y lo otro es saber si la orientación sexual de los padres va a afectar la orientación sexual de los hijos", señaló Tobón.
Es claro que los derechos de los niños deben primar en la decisión que se tome. Consolidar una familia no se trata solamente de un grupo familiar, sino del entorno social en el que convivirá el niño y desarrollará su individualidad. Los argumentos de quienes están en contra de la adopción por parte de parejas homosexuales alegan la afectación en la formación y estabilidad emocional del menor.
En esta línea, el procurador general de la nación, Alejandro Ordóñez, en varias ocasiones ha rechazado esa posibilidad y ha pedido a la Corte hacer un análisis sobre los efectos de esa decisión en la conformación de familia como centro de una sociedad.
Sin embargo, estudios científicos y académicos descartan que haya una afectación del niño por convivir en una familia conformada por homosexuales. Demuestran que no esto no determina conductas y que las personas criadas en estas condiciones no evidencian más problemas que las criadas por parejas heterosexuales.
Asimismo, el ICBF, entidad que en algunas ocasiones se ha mostrado en contra de la adopción de parejas del mismo sexo, emitió un concepto técnico científico solicitado por la Corte Constitucional, basado en expertos en el que establecen que no hay relación entre la orientación sexual de los padres y el desarrollo psicosocial de los hijos.
"No se evidencian situaciones que afecten el desarrollo integral de un niño, niña o adolescente, desde la perspectiva de las ciencias de la salud, ni tampoco existen evidencias de que la orientación sexual de los padres sea factor que incida negativamente en el desarrollo del niño", se lee en el documento, en el cual aclaran que el Instituto no tiene estudios propios en esta temática, pero que para acatar la orden de la Corte reunió opiniones de psicólogos y académicos internacionales.
Los prejuicios religiosos
Uno de los miedos que ha traído la discusión es pensar en la desintegración de lo que durante millones de años se ha considerado como un núcleo fundamental en el ser humano: la familia, como una institución conformada por un hombre y una mujer; una construcción social.
Hay varios elementos que influyen en este tipo de prevenciones, y el mayor de ellos es la religión y los preceptos que sobre ella se fundamentan, lo cuales moldean no solo el pensamiento sino la conducta de las personas. Así lo explicó Pedro Serna, magíster en Filosofía y docente del departamento de Humanidades y Filosofía.
"Una cosa es dios como tal, como es concebido, y otra el conjunto de ideas que le dan fundamento a la religión. Y eso es totalmente una creación humana, es un derivado cultural. La gente busca fundamentos en su dios, que ratifique lo que ellos ven como bueno. El asunto es que eso va permeando las culturas sucesivas, sobre todo en una cultura como la nuestra que es muy tradicional. Y la gente para poder salirse de ahí tiene que hacer todo un esfuerzo y un trabajo para ver algo distinto, en este caso, que se viola un derecho fundamental a la igualdad de trato y frente al Estado", dijo.
No obstante, se advierte que la gente que está en contra de la adopción por parte de parejas homosexuales está convencida de que esto generará un mal para el niño, entonces tampoco se pueden crucificar. "Los homosexuales son victimizados por su condición, pero por el otro lado están las personas que tienen todo el derecho de pensar así, porque efectivamente fueron formados de esa manera", agregó.
Según Serna, las religiones son un constructo humano que evidentemente posibilitan el señalamiento. "Pero cuando uno va a los fundamentos de muchas de esas visiones también hay un principio de amor, de respeto, de solidaridad, que permitiría en un momento determinado aceptar una relación homosexual y la adopción por parte de ellos", afirmó.
Dejando a un lado la prevención cultural, el Estado tiene que garantizar el bienestar del niño, independientemente de que la pareja sea homosexual o heterosexual. Lo cierto es que los fallos de la Corte Constitucional a favor de esta comunidad han montado un precedente que pretende eliminar los sesgos culturales actuales.
"Mucha gente puede rasgarse las vestiduras, pero hay que ir rompiendo el esquema. Si ya hay experiencia de parejas estables homosexuales, eso va ayudando a que se abra la posibilidad de aceptar y legalizar la adopción. Y aunque la gente no lo va a aceptar fácilmente, toca ir abriendo boquetes, toca ir rompiendo esos esquemas culturales que no permiten la felicidad de algunos individuos", expresó Serna.
El papel de la educación
La educación y la comunicación es un tema crucial en caso de que se apruebe la adopción por parte de parejas del mismo sexo, porque son aspectos claves en la aceptación social. Lo primero que debe hacerse es socializar y regular el tema por vía legal, porque además del derecho existe otro actor influyente en la educación en Colombia: la religión.
Leonor Jaramillo, directora del Instituto de Estudios en Educación de Uninorte explicó que "si yo soy un colegio confeso de cierta religión, que no acepto esta cuestión, por más que el gobierno insista, por religión nadie podrá obligar a impartir una educación incluyente".
"Es necesario regularizar la parte religiosa y social, pero una vez que esto se dé, hay que comenzar a hacer campaña. La sociedad no acepta así de fácil este tipo de situaciones, y no por los niños sino por los adultos, porque quizá habrá algunos que no querrán que sus hijos compartan clases con niños que sean hijos de padres homosexuales", explicó Jaramillo.
Indiscutiblemente, la educación será un punto determinante en una sociedad cuyo nivel de tolerancia es bajo. La cuestión no está en educar solo a los niños sino también a los padres y a los educadores, como afirmó la pedagoga.
"Se debe hacer acompañamiento en el trato con los niños, en la parte emocional, en la parte social, en la parte cognitiva, pero principalmente se debe trabajar con el adulto, porque quienes hacen el rechazo mayor no son los niños. El bullying lo hacen los niños, pero a través de lo que aprenden de los padres, de los comentarios o sugerencias que ellos les hacen. Tenemos que educar a la sociedad adulta", concluyó Jaramillo.
Por Grupo Prensa
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