“IVA a plataformas digitales va en contra de la economía basada en conocimiento”: Cesar Viloria
El Ministerio de Hacienda lo reiteró. Las plataformas que presten servicios digitales en el país deberán pagar IVA del 19%, medida estipulada en la reforma tributaria de 2016, pero que hasta este año se hará efectiva mediante decreto.
Servicios de suministro de páginas web, hosting, almacenamiento en la nube, suministro electrónico de información (fotos, textos, videos, entre otros), acceso a bases de datos, servicios audiovisuales (música, videos, películas, juegos), enseñanza a distancia, publicidad en línea, plataformas participativas y de pagos empezarían a partir de este mes a facturar con el impuesto. En palabras de Mauricio Cárdenas, ministro de Hacienda, desde el 27 de junio todas las plataformas digitales, “vengan de donde vengan, estén donde estén, que vendan bienes y servicios a residentes fiscales de Colombia, están obligadas a facturar con IVA”.
El argumento es equilibrar las condiciones de competencia para los proveedores locales, haciendo que los internacionales aporten a la Dian, pero para Cesar Viloria Núñez, profesor del departamento de Ingeniería Eléctrica y Electrónica de Uninorte, la medida es perjudicial desde el punto de vista del consumidor y desde la estrategia que ha tenido el país de fortalecer los negocios basados en conocimiento y tecnologías digitales.
“Todos los emprendimientos digitales que han sido apoyados por el Gobierno, a través de programas como Apps.co, se verán perjudicados en su esfuerzo de penetrar el mercado, porque los servicios que empezarán a prestar serán más costosos para el usuario y menos atractivos. Esto va en contravía a la estrategia que ha tenido el país de fortalecer la economía basada en el conocimiento y la transformación digital”, recalcó.
Explicó que si una persona compra un equipo de sonido en Amazon, el cual está gravado con el impuesto de Estados Unidos, al traerlo al país paga unos impuestos por su ingreso, pero además ahora deberá pagar IVA por toda la transacción. Es decir, “pagaría un doble impuesto (de Estados Unidos y Colombia) por la misma”.
De acuerdo con Cárdenas, para hacer los cobros del IVA se utilizarían los registros de las tarjetas débito y crédito, y en caso de que no se registre el pago habría una herramienta por medio de la cual se recaudaría el impuesto. Esta determinación tributaria ha sido implementada en mercados como Argentina, en donde a comienzos de marzo se decretó que deben pagar IVA “los servicios prestados por un sujeto residente o domiciliado en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país”, y tengan que ver con plataformas digitales.
Viloria argumentó que la dinámica del Gobierno con respecto a la economía digital comenzó a dar un vuelco a partir de la reforma tributaria de 2016, en donde los terminales móviles y computadores empezaron a ser gravados con un IVA del 19%, luego de que se le eliminaran los aranceles. Un vuelco que frenó el cambio de “la tecnología del consumo a la tecnología de la producción”, y que hacía alusión a la decisión nacional de fortalecer los negocios basados en las tecnologías de información y comunicaciones.
“Miremos la situación desde lo local. Compro en Rappi y pido un domicilio a la tienda. Pido papa, cebolla y arroz, todos productos de la canasta familiar, exentos de IVA, pero como lo pido por Rappi tendría que pagarlo. Es una medida desatinada”, puntualizó.
Por José Luis Rodríguez R.
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