Reglamento estudiantil

Consulta aquí el documento completo
Si eres estudiante de la Universidad del Norte, conoce tus derechos y deberes que se encuentran en el Reglamento de estudiantes. Esta página web es una guía resumida con los aspectos claves que te permitirán asegurar el éxito académico, la participación y la sana convivencia en la vida universitaria.

Nueva modificación

III. DEL INGRESO
La Universidad del Norte admitirá a los aspirantes con condición de discapacidad de acuerdo con las condiciones determinadas en su política institucional, tales como: discapacidad física o motora, discapacidad psicosocial, trastorno por déficit de atención e hiperactividad, trastorno del espectro autista tipo I, trastornos específicos del aprendizaje. Estos estudiantes deben cumplir con los criterios de admisión dispuestos por la universidad y el perfil de egreso de cada programa académico. 

Conoce todo sobre tus deberes y derechos

  • Conocer y cumplir los estatutos y reglamentos.
  • Mantener actualizada tu información personal.
  • Procurar la excelencia académica, formación integral, la honestidad y la responsabilidad, sobre las exigencias académicas.
  • Respetar el ejercicio del derecho que tienen los demás a la libre expresión de sus ideas.
  • Tratar a los demás como corresponde a su dignidad humana, manteniendo una relación respetuosa a través del diálogo permanente y en actitud responsable.
  • Respetar las libertades constitucionales de los miembros de la comunidad universitaria e informar cualquier trasgresión.
  • Respetar el buen nombre de la universidad dentro y fuera.
  • Actuar conforme a la moral, las buenas costumbres y los usos sociales del buen comportamiento.
  • Asumir los valores institucionales de compromiso con la excelencia, formación para el liderazgo y la gestión empresarial.
  • Contribuir al buen funcionamiento y desarrollo de los servicios que ofrece la universidad, cuidando y protegiendo sus bienes.
  • Acatar las sanciones que se le impongan.
  • Ejercer en forma responsable las libertades constitucionales, sin ser objeto de presión, intimidación o acoso alguno.
  • Participar en el desarrollo de la universidad dentro de sus normas estatutarias y reglamentarias.
  • Expresar libremente tus ideas, dentro del respeto a la pluralidad de pensamiento.
  • Recibir un tratamiento respetuoso y digno.
  • Exigir un alto nivel académico en las asignaturas matriculadas.
  • Recibir asesoría del coordinador de programa en los asuntos referidos a su relación académica.
  • Tener acceso a todos los medios y servicios que brinda la universidad para la formación.
  • Tener acceso a información clara y previa sobre las normas, autoridades y procedimientos que rigen su vida en la universidad.
  • Conocer las parcelaciones de las asignaturas que curse, los criterios que se emplearán para ser evaluado por trabajos, exámenes y demás pruebas académicas, así como conocer sus resultados oportunamente.
  • Ser escuchado ante imputación de faltas por parte de la autoridad competente y juzgado de acuerdo con las normas y procedimientos preexistentes.
  • Participar en las actividades de promoción del desarrollo integral y el bienestar, como jornadas de inducción, talleres de desarrollo humano y crecimiento personal, consejería psicológica, orientación académica, vinculación a grupos estudiantiles y programas de formación de liderazgo y cultura universitaria, entre otras.
  • Recibir información y respuestas sobre peticiones de orden académico que formules a las instancias correspondientes, dentro de los plazos establecidos.

Para tener en cuenta

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La realización de actividad física es responsabilidad exclusiva de los estudiantes, quienes se comprometen completa y autónomamente a verificar sus propias condiciones físicas y atléticas para la práctica del deporte, así como a tener el cubrimiento en salud que los ampare ante cualquier accidente o enfermedad generada por la práctica deportiva o acentuada por ella. 
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La estudiante durante el periodo de gestación y/o en el periodo de lactancia, gozará de especial protección por parte de la Universidad y, en ese sentido, propenderá por la aplicación de las medidas y procesos administrativos especiales, que sean solicitados por la estudiante para el cumplimiento de sus compromisos académicos y acceso a los servicios educativos, de manera que su estado gestante no constituya un impedimento para tal fin.
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Como parte del modelo educativo incluyente institucional, la universidad aplicará mecanismos como la “ruta de atención para la diversidad estudiantil” ante una situación de discapacidad de sus estudiantes, con el objetivo de definir medidas académicas y curriculares que permitan, al estudiante que así lo requiera voluntariamente, adelantar y culminar sus propósitos académicos sin que se afecte la calidad del servicio educativo brindado.
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Participación estudiantil

En Uninorte promovemos mecanismos democráticos de participación de los estudiantes en sus órganos de dirección.

Órganos de participación estudiantil:
  1. Consejo Directivo.
  2. Consejo Académico.
  3. Comité de División.
  4. Comité de Currículo.
  5. Comités de Estudiantes.
  6. Representantes de Uninorte (CERUN), así como en los demás comités que se determinen en el presente reglamento.

Esto es lo que debes tener en cuenta para tu matrícula académica

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Debes registrar directamente en el sistema de información académica, por la página web, las asignaturas y grupos que vas a cursar en el período académico, dentro de las fechas y turnos asignados.
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Recuerda realizar el pago de tu matrícula dentro de los plazos previstos, haber entregado todos los documentos exigidos y cumplir los demás requisitos del Departamento de Registro.
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La matrícula académica de los estudiantes de pregrado de primer ingreso la realiza directamente el Departamento de Registro antes del inicio de clases.
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Para los estudiantes de posgrado, la matrícula académica también la efectúa el Departamento de Registro, en un período máximo de ocho (8) días contados a partir de la matrícula financiera.

Asistencia a clases y evaluaciones

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Asistencia

No podrás asistir o participar en actividades docentes de un programa sin haberlo matriculado previamente. No se te reconocerá la asistencia a grupos u horarios diferentes al matriculado.
Si las faltas de asistencia a clases en un mismo período académico excedan el 25%
del total de una asignatura
, el estudiante de pregrado perderá el derecho a presentar la evaluación final y recibirá la calificación de 0,0 (cero punto cero).
En el caso de los estudiantes de posgrados, cuando las faltas de asistencia a clases
excedan el 35% del total en cualquier asignatura, será calificado con nota NC.
Cuando el programa sea 100% virtual, se entenderá como falta de participación el incumplimiento del 20% de las actividades programadas, lo cual generará la reprobación del curso.
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Calificaciones

Se considera aprobada una asignatura cuando la calificación definitiva sea igual o superior a (3.0) o su equivalente cualitativo, en pregrado; e igual o superior a  (3.5), en postgrado.
Todo fraude o intento de fraude acarreará al estudiante una calificación de 0,0. Seguidamente, el profesor deberá informar al coordinador del programa, aportando las pruebas que tenga, con el fin de solicitar la apertura del respectivo proceso disciplinario.
Es responsabilidad del estudiante la verificación de sus calificaciones en el sistema de información académica, y la notificación, por escrito, de su inconformidad, dentro del término previsto para el reclamo sobre calificaciones.
Entre 4.6 y 5.0 = excelente
Entre 4.1 y 4.5 = muy bueno
Entre 3.6 y 4.0 = bueno
Entre 3.3 y 3.5 = aceptable
Entre 3.0 y 3.2 = aprobado
Entre 2.6 y 2.9 = deficiente
Entre 2.1 y 2.5 = malo
Menos de 2.0 = pésimo
1.5 es la calificación mínima definitiva
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Estados académicos


Los estados académicos en que se puede encontrar un estudiante de pregrado son:
 
  • Estudiante distinguido: promedio ponderado acumulado de 3,95 en adelante.
  • Normal: promedio mayor o igual a 3,25.
  • Período de prueba transitorio: promedio acumulado entre 2,95 y 3,24 solo para estudiantes admitidos por primera vez.
  • Período de prueba definitivo: promedio acumulado inferior a 3,25 a partir del segundo período académico cursado
  • Fuera de programa: estado que impide continuar dentro del programa de pregrado. Un estudiante queda fuera de programa cuando al ser admitido obtiene un promedio semestral menor a 2,95 y cuando hallándose en período de prueba definitivo obtenga un promedio acumulado inferior a 3,25.
  • En período de recuperación: estado académico que adquiere el estudiante fuera de programa al aceptar su matrícula condicional. El estudiante de pregrado en estado “Fuera de programa” podrá pedir el estudio de su caso, mediante solicitud escrita dirigida al Departamento de Admisiones.
¿Necesitas ayuda? Ponte en contacto con tu coordinador de programa académico o conoce los servicios que tienes como estudiante: 
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Acerca de los grados 


Debes completar el número mínimo de créditos exigibles por tu plan de estudio, así como los demás requisitos establecidos en este reglamento. 

Distinciones e incentivos

Se exaltará el mérito de aquel estudiante que se destaque en los campos de la investigación, resultados académicos, creatividad y en otras actividades de interés para la universidad.

Monitor: Es una distinción que se hace al estudiante cuyo desempeño en una asignatura haya sido bueno. Se rige por este reglamento y las disposiciones especiales contempladas para las monitorías.

Cuadro de honor: Es un reconocimiento que cada división académica otorga a los estudiantes de pregrado que se distingan por sus méritos en el campo científico, académico, cultural, deportivo, de servicio y alto sentido de pertenencia.

 

Reconocimientos a la excelencia académica

La Universidad del Norte ha establecido políticas enfocadas a incentivar la excelencia académica y reconocer la participación activa del estudiante en la vida universitaria
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Medalla de Oro a la Excelencia Académica

Máximo reconocimiento que concede la Universidad para premiar el esfuerzo, la consagración al estudio y la permanente búsqueda de la excelencia.

 

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Medalla de Plata a la Excelencia Académica

Premia los logros sobresalientes obtenidos por el graduando con un alto rendimiento académico en cada programa de pregrado.

 

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Medalla al Mérito Universitario

Reconocimiento que hace la Universidad del Norte al graduando de pregrado con excelentes calidades académicas que haya demostrado durante su permanencia un gran sentido de pertenencia y sea auténtico exponente del espíritu uninorteño.

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Pergamino al Mérito Científico

Reconocimiento que otorga al graduando de pregrado que haya obtenido una calificación “Laureada” o “Meritoria” en su monografía, trabajo o tesis de grado.


 

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Diploma a Graduandos de Excelencia

Quien hayan obtenido un sobresaliente rendimiento académico durante su permanencia en la Universidad.



 

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Medalla al Mérito Deportivo

Reconocimiento que hace la universidad al graduando de excelentes calidades humanas que se haya destacado por un alto desempeño en las actividades deportivas y por ser un digno representante de sus valores institucionales.

El proceso disciplinario

Las faltas disciplinarias son las conductas y comportamientos que transgreden los deberes o que incurren en las prohibiciones en el desarrollo de las actividades académicas, realizadas en la universidad o en otros espacios, incluso virtuales o digitales.
Incurren en falta disciplinaria:
 
  • Quienes ayuden o induzcan a la realización de las conductas previstas como falta en el presente reglamento.
  • Quienes intenten incurrir en conductas disciplinables, aunque, por razones ajenas a su voluntad, se impida su efectiva realización.
  • Quienes omitan reportar la comisión de una falta grave o muy grave, teniendo conocimiento o pudiendo impedirla.


Tipos de faltas disciplinarias: 

  • Usar cualquier tipo de sistema de comunicación o dispositivos electrónicos en las bibliotecas o en aulas de clases, que puedan interrumpir el normal desarrollo de las actividades docentes.
  • Consumir alimentos o bebidas en los auditorios, en las bibliotecas o en aulas de clase, que interrumpan el normal desarrollo de las actividades académicas.
  • Intercambiar mercancías, vender o negociar cualquier tipo de artículos en los predios de la universidad.
  • Practicar juegos de azar y hacer apuestas dentro de los predios de la universidad.
  • Fumar o vapear en la universidad, con excepción de los espacios habilitados para ello.
  • Realizar actividades en el campus que generen peligro a las personas o bienes de la institución, así como violar sus normas y protocolos de seguridad e higiene.
  • Rehusarse a identificarse con el carné cuando se lo solicite algún funcionario académico o administrativo.
  • Realizar proselitismo en los espacios físicos o virtuales de la universidad. Se entiende por proselitismo toda actividad que, de manera exagerada o coactiva, busque ganar la adhesión de una persona o grupo de personas a una opinión, idea, partido o religión.
  • Atentar, de cualquier forma, contra el buen nombre de la universidad o utilizarlo indebidamente.
  • Actuar contra la ética de la profesión de acuerdo con lo establecido en los respectivos códigos.
  • Impedir el libre acceso a la universidad, a sus dependencias, a las aulas o al desarrollo de clases.
  • Obstaculizar la enseñanza, la investigación o el desarrollo académico, cultural o administrativo.
  • Adoptar actitudes o comportamientos contrarios a los objetivos, funciones y disciplina, que vayan en contra del respeto debido a la comunidad.
  • Actuar contrariamente a los estatutos y reglamentaciones de la universidad.
  • Hacer uso indebido de las claves y contraseñas que permitan ingresar al campus físico o virtual o a las bases de datos y demás sistemas de información de la universidad.
  • Incitar o inducir efectivamente a otros a cometer cualquier falta disciplinaria.
  • Adoptar actitudes que vayan en detrimento de la intimidad, la integridad personal o moral, el honor sexual, la libertad, la honra o el buen nombre de los demás miembros de la comunidad. Así como acosar por cualquier medio, directa o indirectamente, a otro miembro o visitante de la universidad, o incurrir en alguna de las conductas establecidas en la “Declaración, política y protocolo contra toda forma de violencia y acoso”. Se entiende por acoso toda conducta o acción que genere incomodidad o disconformidad a otro por constituir hostigamiento, persecución o molestia.
  • Sustraer u ocasionar daños de manera voluntaria en bienes de propiedad de la universidad o de cualquiera de sus miembros, o utilizar sus bienes o servicios en forma no autorizada o contraria a las normas institucionales.
  • Amenazar, coaccionar, agredir, injuriar, directa o indirectamente, a las autoridades de la universidad, sus profesores, estudiantes, personas vinculadas a ella o invitados por motivos relacionados con la actividad propia de la institución, así ocurran fuera del campus o de manera virtual.
  • Causar daño a la flora o realizar actos de violencia y maltrato a la fauna del campus universitario.
  • Distribuir, estimular el consumo, consumir o portar dentro de los predios de la universidad, sustancias prohibidas o psicoactivas, que produzcan dependencia física o psíquica, así como bebidas alcohólicas.
  • Ingresar a la universidad bajo los efectos de sustancias psicoactivas o alcohol.
  • Incurrir en falsedad, material o ideológica, en documentos presentados a la universidad o a terceros en su nombre.
  • Portar armas, explosivos o elementos que puedan causar daño a los demás.
  • Cualquier hecho constitutivo de delito o de contravención según la legislación penal colombiana y los estatutos policivos o de convivencia, cometido en contra de cualquiera dentro de la institución o en desarrollo de las actividades académicas.
Es inaceptable cualquier comportamiento o práctica ilícita empleada para obtener una nota o alcanzar un objetivo en el desarrollo de una actividad académica que vaya en contra de las normas, reglamentos y procesos pedagógicos que la institución establece y que atenta contra la integridad intelectual y moral del estudiante.

Ejemplo:
  • Se considera plagio presentar como de su propia autoría la totalidad o parte de una obra, trabajo o documento realizado por otra persona. Así mismo, hacer uso de fuentes bibliográficas sin mencionarlas; copiar trabajos realizados por otras personas, incluidos documentos descargados de internet, sin indicar de quién provienen; entregar a título individual un trabajo elaborado en grupo; comprar trabajos académicos realizados por otros.
  • Usar citas o referencias falsas o la falta de coincidencia entre la cita y la referencia.
  • Adulterar o mentir sobre los datos de una investigación, o inventar información y resultados que no sean producto del trabajo de campo.
  • Entregar como grupal un trabajo que no fue desarrollado por la totalidad de sus integrantes.
  • Emplear ayudas no autorizadas durante los exámenes.
  • Presentar un trabajo o investigación que previamente fue mostrado en otra asignatura o publicado.
  • Alterar el contenido de una evaluación ya corregida para obtener una revisión o recalificación.
  • Responder un examen o cualquier actividad académica evaluable diferente al que le fue asignado.
  • Firmar por otro el control de asistencia o solicitar a un estudiante que la firme en su nombre.
  • Mentir acerca de la fecha de entrega de un trabajo.
  • Ayudar a otra persona a cometer un fraude académico mediante conductas tales como: dejar que miren su hoja, prestar un trabajo, entre otros.
  • Durante las evaluaciones, hablar cuando no es permitido, mirar la hoja del compañero o emplear señas durante la realización de pruebas escritas u orales.
  • Sobornar o intentar sobornar a profesores o monitores para obtener buenos resultados académicos.
  • Dejarse sobornar por un estudiante para alcanzar una calificación.
  • Comprar trabajos académicos realizados por otros.
  • Vender o realizar trabajos académicos para otros estudiantes.
  • Hurtar un examen o prueba.
  • Suplantar a otro estudiante o ser suplantado en cualquier evaluación o actividad académica.
  • Presentar excusas falsas en los casos de inasistencia a clases o a la realización de cualquier evaluación.
  • Usar cualquier tipo de comunicación o dispositivo electrónico no autorizado o permitido por el docente, en el desarrollo de un examen o evaluación.
  • Cualquier otro comportamiento encaminado a inducir en error o mantener en este, a los docentes, evaluadores o cualquier autoridad académica en relación con asuntos concernientes a dicha actividad.

¿Cómo inicia el proceso disciplinario?

Una vez el director del departamento tenga conocimiento de una falta disciplinaria cometida, y luego de verificar la existencia de indicios sobre la ocurrencia de esta, así como la individualización de los posibles responsables, ordenará al coordinador del programa la apertura del proceso disciplinario, a través de la formulación de cargos y la instrucción del proceso.

En los casos especializados que lo requieran, el director de departamento podrá integrar un comité consultivo, con miras a establecer la ocurrencia de la falta.

Las decisiones serán adoptadas así:
  • En el caso de faltas leves, por el director de departamento. Estas decisiones podrán ser apeladas ante el respectivo Comité de División.
  • En el caso de faltas graves y muy graves, la primera instancia será resuelta por el Comité de División, y la segunda, por el Comité de Asuntos Estudiantiles, que resolverá el recurso de apelación.
En caso de que se trate de un proceso disciplinario que involucre estudiantes de diversos programas, se sujetará a las siguientes reglas:
  • Si los estudiantes son de diversos programas que correspondan a la misma división académica, el decano de la división determinará el coordinador que actuará como instructor.
  • Si se trata de estudiantes de diversos programas, pero de distintas divisiones, el proceso será adelantado por el coordinador de la división que involucre más estudiantes.
  • Cuando no sea posible establecer la competencia por el criterio anterior, el proceso será atendido por el primer coordinador, director de departamento o decano.
  • Los procesos que sean referidos a un mismo asunto y cuenten con los mismos hechos, independientemente de la división a la que pertenezcan los estudiantes, estarán a cargo del mismo  coordinador, conforme a las reglas indicadas.
 
 

Graduación de la sanción

La sanción disciplinaria debe ser proporcional a la gravedad de la falta. Para los fines anteriores, se aplicarán los siguientes criterios de graduación:
  • Las faltas leves serán sancionadas con amonestación verbal o escrita, prueba de conducta simple o la imposición de una medida pedagógica.
  • Las faltas graves se sancionarán con prueba de conducta agravada, cancelación de matrícula hasta por un semestre o postergación de grado.
  • Las faltas muy graves se sancionarán con prueba de conducta agravada, cancelación de matrícula, expulsión definitiva o postergación de grado.
  • En caso de faltas graves o muy graves no procede la medida pedagógica como sanción principal, sino como sanción complementaria en los términos y condiciones que se establecen en el presente reglamento.
  • Antecedentes disciplinarios. Al momento de imponer una sanción se tendrán en cuenta los antecedentes, la reincidencia por parte del estudiante o las sanciones que tenga vigentes.
  • Concurrencia de faltas. La comisión de dos o más conductas consideradas faltas disciplinarias podrá incidir en la valoración que realice la dependencia al momento de la imposición de una sanción.
  • Antigüedad del estudiante. En aquellos casos en los que incurra en una falta disciplinaria un estudiante de semestres avanzados o de posgrado, en los que su madurez y experiencia resultan relevantes para considerar su comportamiento como reprochable.
  • Tener alguna vinculación y responsabilidad especial con la universidad, como monitor, funcionario, contratista, estudiante en práctica, semillero de investigación o docente.
  • El proceso de preparación realizado por el estudiante, en lo que se refiere a las circunstancias de tiempo, modo y lugar que pudo haber utilizado para la comisión de la falta.
  • Que el estudiante carezca de antecedentes disciplinarios.
  • Que el estudiante se encuentre cursando hasta el cuarto semestre de formación. Solamente en casos en los que la inexperiencia o el grado de madurez sean considerados elementos relevantes en la comisión de la falta. Lo mismo aplicará para estudiantes menores de edad.
  • Que el estudiante se encuentre en situación de discapacidad debidamente diagnosticada, siempre que esta sea determinante en la comisión de la conducta.
  • La confesión o colaboración que facilite a la universidad el proceso de investigación correspondiente.
  • Contribuir a anular o disminuir sus consecuencias, después de cometido el hecho.

Sanciones disciplinarias

  • Amonestación verbal: comunicación que se establece con el estudiante para invitarle a corregir su comportamiento.
  • Amonestación escrita: llamado de atención, por escrito, dirigido al estudiante con copia a su historial académico.
  • Prueba de conducta simple: lapso con matrícula condicional durante el resto del período académico en el que el estudiante cometió la falta y durante el semestre siguiente.
  • Prueba de conducta agravada: lapso con matrícula condicional durante el resto del período académico en el que el estudiante cometió la falta, que va hasta por dos semestres académicos.
  • Cancelación de la matrícula: suspensión del estudiante por el período que determine el Comité de División.
  • Postergación de grado: aplazamiento del grado y la entrega del respectivo título, aplicable a estudiantes regulares hasta por cuatro semestres académicos. Durante la vigencia de la sanción, el otorgamiento del título no podrá efectuarse, el estudiante no podrá ingresar a los posgrados que ofrezca la universidad, ni a otros pregrados, cursos virtuales o de extensión.
  • Expulsión definitiva: pérdida definitivamente de la calidad de estudiante, que impide ser readmitido a ninguna de sus actividades académicas.
  • Medidas pedagógicas: sanciones de carácter formativo, diseñadas como oportunidades de aprendizaje en contextos de malas prácticas estudiantiles.

Sanciones pedagógicas

En la universidad se han establecido este tipo de medidas de carácter formativo como parte del proceso disciplinario. Su objetivo es promover la reflexión ética en el estudiante para que no vuelva a reincidir en prácticas que van en contra de los valores institucionales.
  • En caso de faltas leves se impondrán como sanción principal. También podrán ser complementarias cuando concurran circunstancias de agravación o resulten necesarias para reafirmar la naturaleza correctiva y formativa de la sanción.
  • En los casos de faltas graves y muy graves no se contemplarán de carácter principal en ningún caso. Serán complementarias cuando se considere necesaria dada la naturaleza de la falta, para reafirmar el carácter correctivo y formativo de la sanción principal adoptada; y podrán ser sustitutivas cuando la sanción principal se encuentre vigente y el estudiante lo solicite con el objeto de disminuir en el número de semestres o en el tipo de sanción que le fue impuesta.
Las sanciones pedagógicas no aplican como sanción sustitutiva en casos de expulsión definitiva. Tampoco pueden funcionar como atenuantes en el caso de faltas leves. Estas medidas no son acumulables, ni se puede acudir a más de una medida pedagógica con la intención de reducir la severidad de una sanción.
  • Espacio de diálogo con profesor o funcionario. Espacio que promueve el reconocimiento y la reflexión por parte del estudiante sobre la falta cometida. Responsables: instructor proceso disciplinario y Bienestar Universitario.
  • Trabajo de reflexión sobre la experiencia o investigación de casos públicos. Elaboración de un trabajo escrito en el que el estudiante reflexione sobre las consecuencias de actuar de manera deshonesta. Dependencia encargada: Centro de Escritura ECO
  • Participación en talleres de preparación académica. Espacios de trabajo que brindan diferentes estrategias, técnicas y herramientas que los estudiantes puedan incluir en el desarrollo de su metodología de estudio. El Centro de Recursos para el Éxito Estudiantil (CREE) publicará semestralmente su oferta de cursos disponible para la comunidad y podrá revisar o proponer un espacio formativo puntual de acuerdo con los hechos reportados. Dependencia encargada: CREE.
  • Horas de atención en un stand de Bienestar Universitario. Cumplimiento de un número determinado de horas en el stand de atención de socialización de asuntos estudiantiles. Dependencia encargada: Bienestar Universitario
  • Participación en taller vivencial de reflexión. Taller a cargo de un psicólogo experto que promueve una reflexión acerca de los valores centrados de la persona y la relación de estos con las metas, propósito o proyecto de vida. Dependencia encargada: Centro de Acompañamiento Estudiantil y Bienestar Universitario.
  • Creación e implementación de un proyecto pedagógico. Diseño e implementación de un proyecto de intervención que promuevan la integridad académica, valores institucionales y comportamientos esperados en nuestra cultura universitaria Dependencia encargada: Bienestar Universitario.
  1. Comité de asuntos estudiantesles determina la sanción pedagógica 
  2. Instructor del proceso reporta ante Bienestar Universitario con acta de remisión.
  3. La dependencia encargada contacta al estudiante para la realización de la actividad.
  4. El estudiante realiza la actividad.
  5. La dependencia envía el acta de confirmación a Bienestar Universitario.
  6. Bienestar Universitario registra y envía al instructor del proceso.
  7. El instructor del proceso anexa el acta en el expediente del caso.